Días Inhábiles de la Secretaría de Turismo 2020

Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que, en ejercicio de sus atribuciones, realizan las Direcciones Generales de Certificación Turística y de Verificación y Sanción, se considerarán como inhábiles de 2020 los sábados y domingos, así como los siguientes días:

Del año 2019:

  • Del 16 al 31 de diciembre (periodo vacacional)

Del año 2020:

  • 1o. de enero
  • 3 de febrero, primer lunes del mes (en conmemoración del 5 de febrero)
  • 16 de marzo, tercer lunes del mes (en conmemoración del 21 de marzo)
  • 6 al 10 de abril (semana santa)
  • 1o. y 5 de mayo
  • 1o. y 16 de septiembre
  • 2 y 16 de noviembre, este último, tercer lunes del mes (en conmemoración del 20 de noviembre)

Lo anterior sin perjuicio de que, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la autoridad podrá habilitar días inhábiles, cuando así lo requiera el asunto, especialmente para el caso de órdenes, ejecución y conclusión de visitas de verificación a cargo de la Dirección General de Verificación y Sanción, en términos de lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley General de Turismo; y, sin menoscabo de que se puedan asignar las guardias de personal que cada una de las unidades administrativas ameriten.

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